Esta comisión es un espacio
de interacción de representantes gubernamentales,
sindicales y empresariales, con el fin de desarrollar
estrategias de acción tendientes a fortalecer
la concertación y el diálogo social para la
igualdad de trato y oportunidades en el mundo
laboral.
Fue creada mediante el
Acta Acuerdo No 57, celebrada en el ámbito del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de
la Nación, el día 28 de octubre de 1998 a iniciativa
de la O.I.T. que mantiene su presencia permanente.
Su composición fue ampliada
mediante la firma de una Nueva Acta Integración
la cual, junto con el Plan de Acción 2005, ponen
en marcha una nueva etapa en la Comisión Tripartita
de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Varones
y Mujeres en el Mundo Laboral, tomando como
punto de inflexión lo sucedido en Argentina
en diciembre del 2001.
Se destacan como antecedentes de su creación:
la Cumbre de las Américas, celebrada en Santiago
de Chile, en abril de 1998 -en la cual los jefes
de Estado ratificaron los compromisos asumidos
en la Cumbre de las Américas celebrada en Miami,
en 1994- y en la Cuarta Cumbre de las Naciones
Unidas sobre la Mujer, que tuvo lugar en Beijing
en 1995, acordando entre otros temas: fortalecer
mecanismos nacionales, así como redes regionales
y subregionales encargadas de promover la igualdad
jurídica y de oportunidades entre hombres y
mujeres.
La jerarquía constitucional
que el inciso 22 del artículo 75 de la Constitución
Nacional ha otorgado a la Convención sobre la
Eliminación de todas las formas de Discriminación
contra la Mujer. El artículo 11 de dicha Convención,
que reconoce la necesidad de que el Estado implemente
medidas para la eliminación de la discriminación
de las Mujeres en la esfera del empleo, incluyendo
en las mismas el acceso igualitario a la formación
profesional. La ley 24.576, que garantiza como
derecho fundamental de todos los trabajadores
y trabajadoras la promoción profesional y la
formación en el trabajo en condiciones igualitarias
de acceso y trato.
Los compromisos asumidos
por el Estado Argentino en la Declaración y
en la Plataforma de Acción de la IV Conferencia
Mundial sobre la Mujer, que requieren el desarrollo
de medidas tendientes a facilitar el acceso
de las mujeres en condiciones de igualdad, a
la capacitación y el empleo. El Decreto No 254/98,
que promueve el "Plan para la igualdad
de Oportunidades entre Varones y Mujeres en
el Mundo Laboral", el cual, en su artículo
tercero determina que los organismos de la Administración
Pública Nacional deberán adoptar en el ámbito
de sus respectivas jurisdicciones, las medidas
que fueren menester a fin de dar cumplimiento
a los objetivos del plan mencionado.
El Pacto Federal del Trabajo -suscrito el 29
de julio de 1998 entre el Presidente de la Nación
Argentina, el Senor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, y los representantes de las Provincias
y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires-, en cuyo Anexo V se establece que la
Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires se comprometen a impulsar, en
el marco de sus respectivas competencias el
Plan para la igualdad de Oportunidades entre
Varones y Mujeres en el Mundo Laboral. La Resolución
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
No 463 de fecha 23 de Julio de 1998, que destaca
la necesidad de atender en forma especifica
los aspectos referidos a la no discriminación
en materia de empleo y ocupación, con el fin
de garantizar la efectiva igualdad de oportunidades
y trato de los trabajadores y trabajadoras.
La existencia de la comisión no sólo constituye
un desafío importante para el adelanto de la
equidad de género en el trabajo, sino también
para promover el diálogo social y fortalecer
las prácticas democráticas de los actores e
instituciones vinculados a un emergente "nuevo"
mundo laboral.
El Plenario es el órgano máximo de decisión
que se realiza estatutariamente una vez por
mes en el cual cada entidad tiene un voto y
sólo participan las personas - hombres o mujeres
-previamente nominados por las máximas autoridades
de la entidad que representa. Se aspira al logro
del diálogo social para lo cual se trabaja previamente
en cuatro comisiones de trabajo, que son a la
vez de carácter abiertos.
En este ámbito del Plenario,
la Asociación 50 a 60 está
invitada en forma permanente.